Miembro oficial de EPACA

LLORENTE & CUENCA se une a la Asociación Europea de Consultorías de Asuntos Públicos (EPACA), organización creada en 2005 de la que forman parte 600 profesionales de 40 compañías del mercado europeo. Al formar parte de esta organización nos comprometemos a cumplir un código de conducta, perfectamente alineado con el que ya rige en el área de Asuntos Públicos dirigida por Joan Navarro –Vicepresidente y Director Senior–, con el objetivo de contribuir a un sistema democrático más transparente, actuando como nexo entre el mundo de los negocios, la sociedad civil y los decisores de la UE, y cumpliendo con los más elevados estándares profesionales.

Estas son las normas de conducta que establece el código:

a. Identificarse por el nombre y la compañía.
b. Declarar qué intereses representa.
c. No falsear intencionadamente la naturaleza de las consultas o peticiones a los representantes de las instituciones de la UE.
d. Ni directa ni indirectamente falsear conexiones con instituciones de la UE.
e. No desvelar la información confidencial que sea confiada.
f. No difundir información falsa o engañosa consciente o imprudentemente.
g. No lucrarse con la venta a terceros de copias de documentos obtenidos de las instituciones de la UE.
h. No obtener información de las instituciones de la UE por medios deshonestos.
i. Evitar cualquier conflicto profesional de intereses.
j. Ni directa ni indirectamente ofrecer o dar incentivos económicos a:
– cualquier funcionario de la UE,
– miembro del Parlamento europeo,
– ni su personal
k. Ni proponer ni emprender acciones que constituyeran una influencia indebida sobre ellos.
l. Solo emplear a personal de la UE sujeto a las normas y los requisitos de confidencialidad de las instituciones de la UE.

LLORENTE & CUENCA se une a la Asociación Europea de Consultorías de Asuntos Públicos (EPACA), organización creada en 2005 de la que forman parte 600 profesionales de 40 compañías del mercado europeo. Al formar parte de esta organización nos comprometemos a cumplir un código de conducta, perfectamente alineado con el que ya rige en el área de Asuntos Públicos dirigida por Joan Navarro –Vicepresidente y Director Senior–, con el objetivo de contribuir a un sistema democrático más transparente, actuando como nexo entre el mundo de los negocios, la sociedad civil y los decisores de la UE, y cumpliendo con los más elevados estándares profesionales.

Estas son las normas de conducta que establece el código:

a. Identificarse por el nombre y la compañía.
b. Declarar qué intereses representa.
c. No falsear intencionadamente la naturaleza de las consultas o peticiones a los representantes de las instituciones de la UE.
d. Ni directa ni indirectamente falsear conexiones con instituciones de la UE.
e. No desvelar la información confidencial que sea confiada.
f. No difundir información falsa o engañosa consciente o imprudentemente.
g. No lucrarse con la venta a terceros de copias de documentos obtenidos de las instituciones de la UE.
h. No obtener información de las instituciones de la UE por medios deshonestos.
i. Evitar cualquier conflicto profesional de intereses.
j. Ni directa ni indirectamente ofrecer o dar incentivos económicos a:
– cualquier funcionario de la UE,
– miembro del Parlamento europeo,
– ni su personal
k. Ni proponer ni emprender acciones que constituyeran una influencia indebida sobre ellos.
l. Solo emplear a personal de la UE sujeto a las normas y los requisitos de confidencialidad de las instituciones de la UE.

LLORENTE & CUENCA se une a la Asociación Europea de Consultorías de Asuntos Públicos (EPACA), organización creada en 2005 de la que forman parte 600 profesionales de 40 compañías del mercado europeo. Al formar parte de esta organización nos comprometemos a cumplir un código de conducta, perfectamente alineado con el que ya rige en el área de Asuntos Públicos dirigida por Joan Navarro –Vicepresidente y Director Senior–, con el objetivo de contribuir a un sistema democrático más transparente, actuando como nexo entre el mundo de los negocios, la sociedad civil y los decisores de la UE, y cumpliendo con los más elevados estándares profesionales.

Estas son las normas de conducta que establece el código:

a. Identificarse por el nombre y la compañía.
b. Declarar qué intereses representa.
c. No falsear intencionadamente la naturaleza de las consultas o peticiones a los representantes de las instituciones de la UE.
d. Ni directa ni indirectamente falsear conexiones con instituciones de la UE.
e. No desvelar la información confidencial que sea confiada.
f. No difundir información falsa o engañosa consciente o imprudentemente.
g. No lucrarse con la venta a terceros de copias de documentos obtenidos de las instituciones de la UE.
h. No obtener información de las instituciones de la UE por medios deshonestos.
i. Evitar cualquier conflicto profesional de intereses.
j. Ni directa ni indirectamente ofrecer o dar incentivos económicos a:
– cualquier funcionario de la UE,
– miembro del Parlamento europeo,
– ni su personal
k. Ni proponer ni emprender acciones que constituyeran una influencia indebida sobre ellos.
l. Solo emplear a personal de la UE sujeto a las normas y los requisitos de confidencialidad de las instituciones de la UE.